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1- Las condiciones y requisitos en el momento de inscribirse o trasladarse a una EPS se ajustan a favor de los usuarios

  • Desde la fecha de la afiliación o de la fecha de efectividad del traslado o de la movilidad los afiliados tienen derecho a todo el plan de beneficios y no solo a la atención inicial de urgencias como ocurría antes.
  • Los nietos, los menores en custodia, los hijos del cotizante y los hijos del cónyuge, compañero o compañera permanente hasta que cumplan los veinticinco (25) años de edad que dependen económicamente del cotizante y los sobrinos y hermanos menores de veinticinco (25) años de edad o de cualquier edad si tienen incapacidad permanente y dependen económicamente del cotizante si los padres han fallecido o han perdido la patria potestad o están ausentes pueden inscribirse como beneficiarios
  • También podrán inscribirse como Afiliados Adicionales mediante el pago de una UPC adicional a otros familiares que se encuentren hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, tales como: hermanos, abuelos, sobrinos, tíos, primos, cuñados, abuelos del cónyuge si dependen económicamente de él y no cumplen las condiciones para ser cotizantes o beneficiarios en el Régimen Contributivo. Para el efecto podrá ingresar al link para consultar el valor de la UPC.
  • Si una persona reúne las condiciones para ser beneficiario de un cotizante y este se niegue a su inscripción, podrá acudir a la afiliación de oficio

2- Los menores de edad, las gestantes y pensionados gozan de protección especial:

  • Los recién nacidos, desde su nacimiento, quedarán inscritos en la misma EPS donde se encuentre la madre. Se establecen reglas para garantizar esta inscripción así los padres no estén inscritos a una EPS.

3- Las personas cuentan con mecanismos para garantizar la continuidad del aseguramiento y la prestación de servicios:

  • Protección laboral: Si la persona pierde su trabajo o las condiciones para seguir cotizar como independiente, tiene cobertura completa al plan de beneficios para el cotizante y todo el grupo familiar por un mes y hasta tres, según el tiempo de permanencia en la misma EPS

4- Se precisan los efecto de la mora en el pago de las cotizaciones:

  • El no pago de las cotizaciones dará lugar a la no prestación de servicios de salud del plan de beneficios, no de manera inmediata, sino cuando se cumplan dos condiciones: que el cotizante deje de pagar dos meses consecutivos de aportes y que la EPS le hubiere requerido para el pago de las mismas.

5- Los trámites de afiliación y novedades van a reducirse en beneficio de los usuarios:

  • Para la afiliación o el reporte de novedades solo pueden ser exigidos por la EPS los documentos que establece el Decreto 2353 y que se encuentran descritos en el Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades (Resolución 974 de 2016)