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Cada día un gran número de enfermos acompañados en muchos casos por algún miembro de su familia deben desplazarse de ciudad en ciudad para recibir asistencia médica; y este acompañamiento lejos de casa es un hecho que altera notablemente la vida de una familia y puede suponer un quebranto para la economía familiar, pues el acompañante muchas veces debe dejar su trabajo asumir sus gastos durante los días de tratamiento del paciente.

Actualmente el Plan Obligatorio de Salud-POS incluye el servicio de ambulancia para traslado de pacientes y otras alternativas de transporte cuando el beneficiario debe dirigirse a un lugar distinto a su residencia. Sin embargo, para acceder a otras ayudas los usuarios echan mano de cuanto mecanismo legal existe, hasta llegar a la tutela para conseguirlos pues no están incluido en el Plan de beneficios.

De ahí que en los nuevos servicios que plantea el Proyecto de Ley 100 de 2015 tendrían cubrimiento los pacientes y acompañantes, si los primeros son totalmente dependientes de terceros para su desplazamiento, si son menores de edad, mayores de 65 años o en condición de discapacidad, para quienes requieran atención permanente como garantía a su integridad física y desarrollo de labores cotidianas y por último para pacientes que presenten remisión ordenada por el médico tratante y que en el municipio de residencia no cuente con instituciones que puedan brindar dicho servicio.

Transporte, alojamiento y manutención son los gastos que tendrán que sufragar.

El proyecto determina además que para cubrir estos nuevos gastos en que incurrirán las EPS, se extenderá la UPC adicional para todo el territorio colombiano e incluir dentro de la misma el costo de transporte, alojamiento y manutención cuando no se cuente con el servicio de salud reclamado y el paciente cumpla con las características ya mencionadas para beneficiarse. El Estado colombiano deberá asignar en el presupuesto nacional los recursos necesarios para garantizar el cumplimiento de esta ley.

Es un buen proyecto: Acemi

“Es un proyecto de buena voluntad lamentablemente la mayor parte de congresistas no tienen claro el problema financiero del tema de salud de Colombia”, consideró a su turno el presidente de la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral-ACEMI, Jaime Arias Ramírez.

el acemi

Añadió que “yo veo dos cosas, la primera es preguntarse si la sociedad colombiana está en condiciones de pagar esto, me imagino que quienes proponen el Proyecto de Ley hicieron esos estudios, antes de pensar en un nuevo pago hay que recordar que vienen gastos de atrás como medicamentos, procedimiento y luego llega esta nueva prestación complementaria de tipo socio –sanitaria que tiene unos altísimos costos más en el Régimen Subsidiado que en el Contributivo”.

Lo positivo, según Arias es que atiende un problema de salud “por razones económicas se disminuye el acceso y se aumentan las enfermedades, generando un mayor costo para el sistema, hay racionalidad detrás de la propuesta, lo ideal sería que un país estuviera en capacidad de pago”.

La segunda observación que hizo estuvo relacionada con el pago “actualmente estas prestaciones se dan a través de tutela y en alguna proporción paga el FOSYGA otras veces lo hace la EPS, las normas como están no permiten al sistema pagar prestaciones sociales, entonces terminan las propias EPS pagando lo que no deberían, porque son servicios que no están calculados en el POS, por eso cuando uno empieza a hacerse preguntas del tema financiero es cuando encuentra que hay problemas”

“Hay una cantidad de leyes que se han aprobado y si no hubiera consideraciones financieras todas bienvenidas, pero cuando uno aterriza en que estas cosas cuestan y mucho y que actualmente no hay lo suficiente para pagar las prestaciones puramente médicas, ¿tiene ahora el Estado para pagar también las socio-sanitarias?”, concluyó el Presidente de ACEMI.

La iniciativa del Senador Conservador Juan Samy Merheg ya fue aprobada en primer debate en Comisión Séptima del Senado y según el ponente el proyecto busca disminuir la cantidad de tutelas que se presentan cuando las personas deben ser atendidas en un lugar diferente a su residencia.

 

Fuente: https://www.opinionysalud.com/ley-las-eps-tendran-correr-gastos-acompanantes-pacientes/